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Información general
Con el objetivo de reducir las barreras de acceso al crédito, fomentar la inversión y promover un ecosistema de crecimiento sostenible en la provincia las MiPyMEs, emprendedores y productores de la provincia de Jujuy que cumplan con los requisitos que se detallan podrán ser evaluadas para acceder a créditos.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL CRÉDITO
PARA PERSONAS FÍSICAS
– Formulario Simplificado de Crédito con todos los campos completos.
– Fotocopia de DNI del Titular.
– Certificado de residencia y convivencia (original).
– Original y fotocopia de algún servicio a nombre del titular.
– Constancia de CUIL o CUIT.
– Para todos los emprendimientos, Declaración Jurada de aporte propio.
– Constancia de Inscripción en Impuestos Nacionales y Provinciales más comprobantes de pagos de los últimos 3 meses de los tributos en los cuales se encuentra inscripto (IVA, Ganancias, Bienes Personales o Monotributo y Autónomo y/o F 931).
– Constancia de CBU.
– Documentación del lugar dónde desarrollará la actividad:
o Inmueble propio: Copia simple de ficha parcelaria.
o Local alquilado o a alquilar: Contrato de alquiler o carta intención de alquiler.
o Local en comodato: autorización del propietario del inmueble donde se desarrolle el emprendimiento, certificado por escribano. Copia simple de ficha parcelaria.
– Presupuestos o Facturas Proformas de las inversiones a realizar.
– Si se trata de un Proyecto Turístico, deberá adjuntar formulario de Prefactibilidad otorgado por el departamento de inversiones del Ministerio de Cultura Y Turismo de la Provincia de Jujuy. Si el proyecto se encuentra ubicado en la zona de Patrimonio, adjuntar el formulario de Unidad de Gestión de Quebrada de Humahuaca.
– Habilitaciones o autorizaciones especiales, en caso de que la actividad lo requiera
Toda otra información que se considere necesaria quedará a criterio del personal del Sector Evaluación de Proyectos.
OPCIONES DE GARANTÍA
1. Avales Personales o de Terceros.
2. FOGAJUY a sola firma.
OBSERVACIONES IMPORTANTES
– Este Formulario de Crédito junto al resto de la documentación exigida será tratada en reunión de Directorio, lo que NO implica el otorgamiento del crédito.
– En aquellos casos en que el trámite se paralice por un periodo de 30 días corridos por causas atribuibles al solicitante, el Directorio, sin más trámites, dará por desistido el proyecto y procederá a su archivo.
– Para el cobro de créditos los solicitantes deben poseer Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en una Entidad Financiera, debiendo adjuntar Nº de la misma y CBU, no se admiten Cuentas Financieras de Billeteras Virtuales.
Declaro conocer las Leyes Provinciales Nº 4513, 4563, 4985, Decreto Reglamentario Nº 3524/97 y todas las Resoluciones emanadas del Directorio del Consejo de la Microempresa.